
El equipo jurídico de CDS Estrategia Legal demostró que Ramón Alberto Rodríguez y Enrique Ardila Franco cumplieron con su deber al acatar un fallo de tutela emitido por un juzgado.

A través de un fallo de primera instancia emitido el pasado 29 de julio, el Procurador Delegado Disciplinario de Juzgamiento 4 absolvió de un proceso disciplinario a Ramón Alberto Rodríguez Andrade, exdirector General de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, así como a Enrique Ardila Franco, exdirector técnico del organismo.
Ambos eran investigados por supuestamente incurrir en un incidente de desacato al presuntamente incumplir una sentencia de tutela emitida por el Juzgado Séptimo Administrativo de Neiva, que le ordenaba a la Unidad desembolsar una medida de indemnización a una víctima.
Por estos hechos, el entonces director General y el director técnico fueron sancionados con tres días de arresto y una multa. Sin embargo, como logró demostrar el equipo jurídico de la firma CDS Estrategia Legal –en cabeza de su presidente, el abogado César Augusto Vargas– efectivamente sí fue acatado el fallo y se cumplió la medida de reparación.
“El Tribunal Administrativo del Huila consideró que se acató el fallo de tutela, ya que en su consideración evidenció que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, dio cumplimiento al fallo de tutela, razón por la cual, no tendría sentido mantener en firme la primera sanción impuesta”, destacó el tribunal.
Así, se desvirtuó que ambos funcionarios hayan incurrido en una falta grave y se comprobó que cumplieron el deber de hacer cumplir las decisiones judiciales proferidas por el Juzgado.

